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Plan de ascensores en 2.000 edificios: La Comunidad de Madrid aprueba 52 millones

junio 12, 2023
in ECONOMIA, SOCIEDAD, ACTUALIDAD, Madrid
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Home ECONOMIA

El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy la inversión en este programa de montaje de elevadores para el periodo 2023/25.

Se establece un importe fijo por actuación de 90.000 euros siempre que no supere el 80% del presupuesto.

Los inmuebles beneficiados deben tener una altura mínima de tres plantas y estar bien conservados.

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá tras su próxima publicación en el Boletín Oficial de la región.

24 de mayo 2023.- La Comunidad de Madrid invierte 52 millones de euros en el Plan de ascensores destinado a edificios residenciales con una previsión de 2.000 inmuebles beneficiados con estas ayudas. El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy este programa del Ejecutivo regional para el montaje de nuevos elevadores entre 2023/25 en viviendas que carecen de este recurso.

Esta línea de subvenciones también incluye actuaciones complementarias necesarias para conseguir la accesibilidad universal, tales como plataformas elevadoras y rampas destinadas a personas con movilidad reducida. Se establece un importe fijo de 90.000 euros por intervención, siempre que esta cifra no supere el 80% de inversión subvencionable.

Los edificios deben tener una altura igual o superior a tres plantas sobre rasante, que al menos el 50% de su superficie construida tenga uso residencial de vivienda, disponer de Informe de Evaluación, estar bien conservados y mantenidos, no haber sido beneficiarios de ninguna otra ayuda con este mismo objeto y hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad de Madrid y la Seguridad Social.

El plazo de presentación de las solicitudes será de cuatro meses a partir del día siguiente de la publicación de estas ayudas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid –BOCM-, prevista para la próxima semana. Las bases regulatorias ya fueron avanzadas en el BOCM del pasado 19 de mayo.

En cuanto al de ejecución, no podrá exceder 36 meses contados desde esa misma fecha. Será ampliable por el mismo periodo en el caso de que la licencia municipal o autorización administrativa se demore más de un año desde su petición.

Optan a esta subvención personas o entidades titulares de inmuebles residenciales de vivienda colectiva y las comunidades de propietarios o agrupaciones de las mismas. El pago se realizará una vez acreditado que el trabajo está totalmente finalizado.

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