La Asamblea regional ha aprobado hoy esta normativa para reforzar la protección de determinados bienes o espectáculos.
La medida permitirá actuar ante incendios forestales, ataques contra el valor artístico, científico o monumental, además de en acontecimientos de interés general.
Se suma a los casos de violencia contra la mujer y de terrorismo en los que el Ejecutivo autonómico ya se persona.
Madrid, 9 de abril 2026.- La Comunidad de Madrid ejercerá la acción popular en los casos en los que se atente contra el patrimonio natural, se dañe el histórico-artístico o se cometan delitos que afecten al desarrollo de eventos y espectáculos públicos. La Asamblea regional ha dado hoy luz verde a esta normativa por el procedimiento de lectura única.

La nueva legislación tiene el objetivo de reforzar la protección de determinados bienes y acontecimientos públicos de interés general frente a conductas delictivas de especial relevancia. Esta medida se suma a las causas de violencia contra la mujer y de terrorismo en los que la Administración autonómica ya se persona para salvaguardar los intereses de las víctimas, sus familias y el conjunto de la sociedad.
Para ello, se ha modificado la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, con el fin de habilitar el ejercicio de la acción popular en procesos penales derivados de delitos de incendio forestal y de atentados contra los recursos naturales y el medio ambiente que, por su impacto territorial, revistan una gravedad significativa.
Asimismo, se ha adaptado la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, para permitir la personación en los procedimientos penales relacionados con delitos de desorden público que hayan impedido o dificultado la celebración de acontecimientos de interés general, como ocurrió en la última edición de la Vuelta Ciclista a España, cuya etapa final se vio interrumpida por manifestantes y tuvo que suspenderse a varios kilómetros de la capital.
Por último, también se ha actuado sobre la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, con el fin de incluir los delitos sobre bienes de valor histórico, artístico, científico o monumental.
Aunque el Gobierno regional se persone para el ejercicio de la acción popular, la normativa no impide que el Ejecutivo autonómico pueda intervenir cuando resulte directamente perjudicado (acusación particular), o para reclamar el importe de los daños ocasionados por el delito (acción civil), o que pueda ejercitar el resto de las acciones que estime oportunas.
