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Aprobada la jornada partida en los colegios públicos madrileños para mejorar el rendimiento y favorecer la conciliación

diciembre 24, 2025
in Portada, EDUCACIÓN, SOCIEDAD, ACTUALIDAD, Madrid
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El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy el Decreto que la regula en los centros de segundo ciclo de Infantil, Primaria y Especial.

Los centros que ya tengan la modalidad de horario continuo podrán mantenerlo o proponer el cambio, previa petición del Consejo Escolar.


Las familias tendrán un mayor protagonismo en esta decisión, que se aprobará con la mayoría simple de los votos emitidos.

Madrid, 23 de diciembre 2025.- La Comunidad de Madrid ha aprobado la normativa que establece la jornada partida como criterio general en los colegios públicos de Infantil y Primaria y de Educación Especial. El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy el Decreto que regula los horarios escolares, una medida que pretende mejorar el rendimiento académico de los alumnos, favorecer la conciliación y ampliar la capacidad de elección de las familias madrileñas.

El texto determina que la jornada lectiva se organice, con carácter general, en dos sesiones de mañana y tarde, separadas por un intervalo de dos horas, con la posibilidad de mantener la opción de continuada en los meses de septiembre y junio. Así, los colegios públicos que así lo deseen podrán tramitar y aprobar el cambio de su jornada escolar al horario partido, una actuación que se facilita y simplifica para que la comunidad educativa y las familias de los alumnos puedan activarla de manera sencilla y con todas las garantías.

La iniciativa deberá partir de al menos un tercio del Consejo Escolar del centro, formado por padres, profesores, personal de administración y servicios y representantes municipales. El procedimiento contemplará consultas al claustro y a este órgano de participación, así como a las familias, e incluirá una votación, presencial o telemática, en la que será necesario que la mayoría de los votos emitidos resulte favorable.

Tras confirmarse el escrutinio, el presidente del Consejo Escolar informará de su resultado al claustro y a los miembros del órgano, y el director lo trasladará a la Dirección de Área Territorial correspondiente. Será su titular quien autorice el cambio, previo informe del Servicio de Inspección Educativa y atendiendo a criterios organizativos, pedagógicos y de conciliación familiar. Todo este proceso deberá realizarse antes del 15 de marzo de cada año, con el objetivo de que los centros puedan adoptar las disposiciones necesarias para empezar a aplicar la jornada partida en el siguiente curso. Por su parte, aquellos centros que ya tuvieran aprobado el horario continuado antes de la entrada en vigor de la norma podrán mantenerlo.

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