El pasado 30 de marzo los dicasterios vaticanos para la Cultura y la Educación y para el Servicio del Desarrollo Humano Integral publicaban una nota conjunta sobre la doctrina del descubrimiento. A ella se adhirieron explícitamente las conferencias episcopales de Canadá, Estados Unidos, Nueva Zelanda y el Consejo Episcopal Latinoamericano. Con el citado documento se quiere dejar claro que «la doctrina del descubrimiento no forma parte de la enseñanza de la Iglesia católica» (n. 6).
Es un concepto jurídico que se convirtió en doctrina legal, desde 1823, en Estados Unidos (Johnson vs McIntosh) y pasó formar parte con posterioridad del derecho internacional. Con ella se defiende que «el descubrimiento de las tierras por parte de los colonos concedía el derecho exclusivo de extinguir, mediante la compra o la conquista, el título o la posesión de dichas tierras por parte de las poblaciones indígenas» (n. 5). Para ello, los tribunales estadounidenses utilizaron como fuente de derecho internacional las bulas Dum diversas (1452), Romanus Pontifex (1455) e Inter caetera (1493).
La nota es consecuencia de la visita del Papa Francisco a Canadá en 2022. Allí, los nativos norteamericanos apelaron a su intercesión para que denunciara esta injusta doctrina legal con la que se quiere «justificar actos inmorales contra ellos que se perpetraron, a veces sin la oposición de las autoridades eclesiales» (cardenal Tolentino de Mendonça, prefecto del Dicasterio para la Cultura y la Educación). Además, se une a las denuncias de la Iglesia Episcopal Estadounidense (2009), la Iglesia Anglicana de Canadá (2010), el Consejo Mundial de las Iglesias (2012), o la Asamblea General de la Iglesia Presbiteriana de los Estados Unidos (2016). De este modo, el documento es un gesto ecuménico a favor de la búsqueda de reparación histórica de los pueblos originarios norteamericanos. Asimismo, se encuentra en la estela de defensa de los pueblos indígenas que ya marcó el Francisco con el Sínodo para la Amazonía (2019).
Esta nota se enmarca dentro de un ininterrumpido cuidado en favor de los pueblos originarios desde el descubrimiento (1492). Desde las instrucciones y leyes promulgadas por Isabel la Católica, pasando por la doctrina de la Escuela de Salamanca o por los diversos concilios americanos, la Iglesia, y también la nación española, se han distinguido por fomentar la similar dignidad y los mismos derechos entre los nativos americanos o asiáticos y el resto de ciudadanos de las naciones europeas.
No ocultamos que en los primeros instantes de la llegada a las Antillas se vivieron momentos de abuso por parte de los europeos. La leyenda negra antiespañola se ha dedicado a exaltarlos y a extenderlos a todo el periodo en el que los territorios peninsulares, americanos y asiáticos formaros una sola nación. Tampoco hemos de negar que allá donde hay humanidad siempre hay injusticias. Ante esto, desde 1493 se decidió que las mismas leyes que se aplicaron en el Nuevo Mundo fuesen las mismas de Castilla. En 1501, la corona enviará a frey Ovando para ordenar el caos antillano. Se promulgarán las Leyes de Burgos (1512) y La Moderación (1513). Con todo ello se quería evitar un genocidio frente a los abusos, se reconocía la libertad de los indios y su derecho a gozar de hacienda y casa propias o se exigía la protección de la familia y de los menores de 14 años.
A las normas jurídicas se sumó la reflexión teológica de la Escuela de Salamanca. Su fundador, Francisco de Vitoria, ante la conquista del Perú —justificada por la llamada ley del Requerimiento—, afirmaría que ni el Papa ni el rey tenían derecho sobre la vida de los indios ni sus territorios. Por tanto, el monarca español solo estaría legitimado para ejercer un gobierno que administrara los territorios conquistados en igualdad entre españoles y nativos, ambos con la obligación de colaboración en favor del bien común. La reflexión de Vitoria sería fundamental para las Leyes de Indias (1542), base de los Derechos Humanos.
Baste otro ejemplo. En pleno absolutismo de Carlos III, el arzobispo de México —Lorenzana— escribirá su exhortación a favor de los indígenas (1768) y convocará un concilio (1771), donde explícitamente abordará cómo protegerlos. Las normas que contienen ambos son paradigmáticas de la solicitud de la Iglesia en todo el continente americano en pro de ellos. La Iglesia prosigue hoy su defensa de los más desfavorecidos en su crítica a la doctrina del descubrimiento. La nota ha de situarse en una defensa de la dignidad de todo ser humano desde la misma época del descubrimiento americano donde las leyes españolas también fueron pioneras.
JESÚS R. FOLGADO GARCÍA
El autor es el director académico de la jornada La influencia española en la cultura universal,
que se celebra en el Palacio del Infante Don Luis, en Boadilla del Monte (Madrid).