La Conferencia Episcopal Peruana pide la derogación de la Ley Nº 32107 sobre el delito de lesa humanidad y crímenes de guerra pues considera que se está sacrificando le respeto a la vida y la defensa de la justicia, causando un irreparable daño a las víctimas de la violencia y a las familias afectadas: Mons. Cabrejos: esta ley es inaceptable porque pone en grave riesgo la aplicación de una verdadera justicia.
14 de agosto 2024.- La ley 32107 sobre la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana, que establece que “nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio de 2002”, ha sido rechazada por los obispos del Perú. En un comunicado, el Consejo permanente de la Conferencia episcopal peruana (CEP), manifiesta su desconcierto y decepción, ante la medida publicada el pasado viernes 9 de agosto, porque de esta manera – aseguran – “se está sacrificando el respeto a la vida y la defensa de la justicia”, ya que no solo causa un “irreparable daño a las víctimas de la violencia, a las familias afectadas”, sino también a quienes desean vivir “dentro de un Estado de Derecho”.
Norma Inaceptable e injusta
“El contenido de esta ley es inaceptable porque pone en grave riesgo la aplicación de una verdadera justicia, así como la responsabilidad sobre el daño causado y el resarcimiento a las víctimas y sus familiares por las graves violaciones de los derechos humanos”, se lee en el comunicado.
En un videomensaje, monseñor Héctor Cabrejos Vidarte, presidente de la CEP, luego de señalar algunos aspectos contradictorios de la medida, afirma además que “Perú no puede -ni debe- contradecir ni apartarse de tratados internacionales de Derechos Humanos suscritos y ratificados en el ejercicio de su soberanía.
Una ley que refuerza la impunidad
El comunicado del episcopado explica que la ley 32107 al prohibir el procesamiento de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos antes del 1 de julio de 2002, refuerza la impunidad “para quienes cometieron crímenes atroces” y, de este modo, también se vulneran las normas internacionales que exigen la rendición de cuentas sin importar el tiempo transcurrido. Por ello, “es inaceptable que esta ley permita la prescripción de los crímenes de lesa humanidad y de guerra, así como exima de responsabilidad a los autores de los delitos cometidos”.
El episcopado peruano recuerda que el Catecismo de la Iglesia Católica enseña que todo acto de violencia y opresión contra el ser humano es una violación a la intrínseca dignidad humana y que la justicia exige que todos los crímenes graves sean castigados, independientemente de cualquier límite de tiempo. Y en este contexto, reitera que “esta ley contradice el mandato ético y moral de proteger la dignidad humana, debilita el Estado de Derecho y pone en riesgo la integridad del compromiso cristiano con la justicia y el bien común”.
Nulidad inmediata de la ley
Al concluir, el Consejo Permanente de la CEP hace un llamado urgente a nuestras autoridades y a la sociedad civil para “obtener lo más pronto posible la nulidad de esta ley” para que se garantice a las víctimas de todo crimen y asesinato, tengan acceso a la justicia y la reparación correspondiente a la que tienen derecho y que el Estado peruano tiene obligación de garantizar.
“Recordemos – subraya la nota – que la protección de los derechos humanos, la justicia y la legalidad son principios fundamentales que deben ser defendidos con firmeza y sin concesiones, por eso invocamos a los autores de esta ley a que realicen una inmediata rectificación por el bien del Perú”.
Ley polémica
Desde su aprobación por el Congreso, la ley a provocado fuertes polémicas por parte de varios sectores políticos y legislativos dentro y fuera del país. El Ministerio Público (Fiscalía) de Perú anunció, ayer, una demanda de inconstitucionalidad contra las modificaciones a la ley sobre el delito de organización criminal, al rechazar que esta norma debilita su persecución penal y además contradice la Convención de Palermo, ratificada por el Perú. La fiscalía subrayó que la nueva norma «desconoce totalmente» la realidad delictiva en el país porque históricamente las organizaciones criminales, la corrupción y la violencia siempre estuvieron íntimamente relacionadas, dentro y fuera de la organización».
Por su parte, el alto comisionado de la ONU para los derechos humanos, Volker Türk, lamentó la entrada en vigor de dicha ley, y dijo, con toda claridad, que la norma viola las obligaciones del país según el derecho internacional. “La ley contraviene las obligaciones del país en virtud del derecho internacional y constituye un hecho preocupante, en medio de un retroceso más amplio en cuanto a derechos humanos y al Estado de derecho en Perú”, señaló.
Para la comunidad internacional, la ley favorecería al ex presidente Alberto Fujimori – excarcelado a finales del año pasado tras una condena a 25 años de cárcel por violaciones de los derechos humanos -, así como a numerosos militares acusados de atrocidades durante el conflicto armado interno que ensangrentó el país entre 1980 y 2000, periodo en el que murieron 69.000 personas y desaparecieron 21.000. Throssell insistió en que los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra figuran entre las violaciones más graves del derecho internacional “y no se les deben aplicar ni amnistías, ni plazos de prescripción”.
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