Los más de tres millones de contribuyentes madrileños percibirán en este nuevo año la rebaja fiscal aprobada en diciembre de 2013 por el Gobierno de la Comunidad de Madrid. Una rebaja que entró en vigor el 1 de enero de 2014 pero que, al no permitirlo la normativa, no se vio reflejada en las nóminas del pasado año y por lo tanto será perceptible en el ajuste que se realiza en la declaración de la Renta de las personas físicas que harán los contribuyentes a partir de abril de 2015.
El Gobierno presidido por Ignacio González aprobó en 2013 una bajada de 1,6 puntos más el tramo autonómico del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, lo que supondrá un ahorro adicional de 216 millones de euros anuales a los madrileños, que añadidos al conjunto de deducciones y al punto de bajada que se aplica desde hace seis años significará un ahorro global de 568 millones de euros a los ciudadanos, es decir, un ahorro de 183 euros de media por declarante en la declaración de IRPF de 2014.
Entra en vigor la nueva rebaja a las rentas más bajas
En 2015 entra en vigor la nueva rebaja llevada a cabo por el Gobierno regional, y que fue aprobada por la Asamblea de Madrid el pasado 18 de diciembre, que crea un nuevo tramo en el IRPF para las rentas inferiores a 12.450 euros. Estas rentas se benefician desde el 1 de enero de la tarifa de IRPF más baja de España, un 9,5%, por debajo de la anunciada por el Gobierno de la Nación (10%), lo que supone una rebaja efectiva de 1,7 puntos con respecto a la actual tarifa autonómica, y un ahorro para los contribuyentes de 240 millones de euros, unos 80 euros de media para cada uno.
De esta manera, si tenemos en cuenta esta rebaja, el Gobierno presidido por Ignacio González ha reducido en estos dos últimos años 3,3 puntos el IRPF, una rebaja fiscal que ha beneficiado más a las rentas más bajas, que han visto minorado su tramo en 2,1 puntos. Así, un madrileño con una renta anual inferior a 12.450 euros ha pasado a tributar en la cuota autonómica del IRPF un 11,6% en 2013 a tributar un 9,5% en 2015. Todo ello se suma a la rebaja en un punto que hizo Aguirre en 2007, por lo que en total, la Comunidad ha rebajado en la última década 4,3 puntos el IRPF.
Además de esta importante medida, la Comunidad aumenta en 2015 la reducción del mínimo por descendientes por encima de la modificación llevada a cabo por el Gobierno de la Nación. Así, en el caso de familias numerosas, la Comunidad de Madrid ha decidido aumentar el mínimo por descendientes en un 10%, alcanzando el máximo permitido por Ley. El incremento de estos mínimos ratifica el compromiso de la Comunidad de Madrid con la familia y supone un ahorro para ellas de 36,7 millones. Así, gracias a las rebajas fiscales aprobadas desde el año 2003, los madrileños pasan a ahorrarse 1.150 euros al año en el IRPF en 2015.
Se mantienen las deducciones en el IRPF
También se mantienen todas las deducciones dirigidas a las familias, jóvenes y emprendedores. Entre las dirigidas a las familias, destaca una deducción en el IRPF de hasta 900 euros por el nacimiento o adopción de hijos, la más alta de todas las comunidades autónomas. Esta se complementa con 600 euros adicionales por niño cuando se trate de partos múltiples o adopciones múltiples. Para paliar los gastos que generan las adopciones internacionales, la Comunidad cuenta con una deducción en el IRPF de entre 1.200 y 1.500 euros (600 euros, más los 600, 750 ó 900 euros de la deducción genérica por nacimiento o adopción). Esta cuantía puede ser incrementada con otros 600 euros por niño cuando se trate de adopciones múltiples.
En cuanto a la deducción por acogimiento familiar de menores, alcanza la cuantía de 600, 750 ó 900 euros en función del número de menores acogidos. También se mantiene la deducción de 900 euros por el acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o de discapacitados.
Deducciones para familias y alquiler para jóvenes
En 2015 sigue vigente la deducción en el IRPF por arrendamiento a jóvenes menores de 35 años, que permite deducir el 20% de las cantidades destinadas por los jóvenes al alquiler de su vivienda hasta un máximo de 840 euros, lo que equivaldría a dos mensualidades de alquiler medio.
Las familias numerosas podrán aplicarse unos mínimos por descendientes a partir del tercero con una cuantía de un 10 por ciento superior a la contemplada por el estado. En concreto, se podrán aplicar un mínimo de 367,20 euros más por el tercer descendiente y de 418,20 euros más por el cuarto y siguientes. De este modo, el ahorro medio para tales familias podrá alcanzar casi los 50 euros más por descendiente.
Asimismo, las familias con al menos dos hijos y rentas familiares inferiores a 24.000 euros anuales tendrán una rebaja del 10% de la cuota íntegra autonómica a pagar. De esta forma, los más de medio millón de madrileños (505.000 contribuyentes) que se beneficiarán de esta deducción, tendrán un ahorro medio de 158 euros por unidad familiar. Por ejemplo, una pareja de jóvenes, con ingresos anuales inferiores a 24.000 euros, y que vivan de alquiler, pagarán cero euros en el IRPF.
Deducciones para los gastos escolares
También continúa este año la deducción por gastos educativos, que permite desgravarse un porcentaje de los gastos en concepto de escolaridad obligatoria, uniformes o vestuario de uso exclusivamente escolar, y en el aprendizaje de idiomas extranjeros, tanto si éstos se imparten como actividad extraescolar como si tienen carácter de educación de régimen especial.
Los porcentajes aplicables son el 5% para gastos por uniforme o vestuario, el 10% si se trata de gastos de aprendizaje de idiomas y el 15% si se trata de gastos de escolaridad obligatoria, con un límite de 400 euros por descendiente si no hay gastos de escolaridad o de 900 euros cuando los hay. Esta medida beneficia a familias con ingresos anuales inferiores a 30.000 euros por miembro de unidad familiar. Así, una familia de tres miembros podrá acogerse si su renta no supera los 90.000 euros al año.
Deducciones de apoyo a emprendedores
Otras deducciones afectan a los inversores en entidades de reciente creación o en expansión, y a los jóvenes emprendedores. Por un lado, los inversores particulares que hayan aportado capital y conocimiento a nuevas empresas tendrán una deducción del 20% de las cantidades invertidas, con el máximo de 4.000 euros anuales, en la adquisición de acciones y participaciones sociales en entidades, siempre que, además de aportar fondos a la entidad, contribuyan con su conocimiento y experiencia en el ámbito profesional o empresarial relacionado con la actividad de la empresa, y se involucre en su desarrollo.
Asimismo, los contribuyentes que realicen inversiones en procesos de ampliación de capital de empresas en expansión que coticen a través del Mercado Alternativo Bursátil, podrán deducirse un 20% de las cantidades invertidas con un máximo de deducción de hasta 10.000 euros. Finalmente, los jóvenes emprendedores de la región que inicien su actividad podrán deducirse hasta 1.000 euros durante el primer año.