Podrán beneficiarse particulares, comunidades de propietarios, empresas y ayuntamientos.
Las ayudas podrán emplearse tanto para la instalación de puntos de recarga como para realizar las preinstalaciones en las comunidades de propietarios.
Se subvencionará un máximo de 50.000 euros por proyecto y 100.000 por beneficiario.
La Comunidad de Madrid invertirá 1.500.000 euros en ayudas para la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos, en las modalidades de recarga convencional, semi rápida, rápida y ultra rápida. De las mismas podrán beneficiarse particulares, empresas, comunidades de propietarios y entidades públicas o locales.
El Consejo de Gobierno ha autorizado la inversión en estas ayudas, cuyo reparto será del siguiente modo: ascenderá hasta un 60 % de la inversión para entidades públicas, un 50 % para particulares y comunidades de propietarios y un 40 % para empresas, con un límite máximo de 50.000 euros por proyecto y 100.000 euros por beneficiario.
Además, la Comunidad de Madrid también subvencionará la preinstalación eléctrica para la recarga de los vehículos eléctricos que incluya una conducción principal por zonas comunitarias (mediante tubos, canales, bandejas, etc.), en el caso de aparcamientos o establecimientos colectivos -en edificios existentes de régimen de propiedad horizontal-, de modo que se posibilite la realización de derivaciones hasta los puntos de recarga ubicados en las plazas de aparcamiento.
Las solicitudes se tramitarán y resolverán por su orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos, y el pago se realizará una vez justificada la realización de la inversión.
En el caso de las comunidades de propietarios, la solicitud de esta ayuda -debidamente firmada por el presidente de la comunidad de vecinos o el administrador- deberá ir acompañada, entre otra documentación, del acta en la que conste el acuerdo de la comunidad para realizar la instalación objeto de la ayuda solicitada, adoptado con el quórum legalmente requerido.
Los ayuntamientos deberán acompañar la solicitud del correspondiente certificado aprobando la solicitud de subvención y delegación en la persona que la solicita.
Por último, en el caso de las empresas, se requerirá una certificación actualizada del registro mercantil, escritura que acredite el poder del solicitante y la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
Facilitar el uso de energías alternativas
Estas ayudas, que se enmarcan en el Plan Energético de la Comunidad de Madrid Horizonte 2020, tratan de facilitar el despliegue de una infraestructura necesaria para los vehículos propulsados con energías alternativas a los combustibles fósiles convencionales, en este caso, en su variante de movilidad eléctrica pura ‘BEV’ o híbrida eléctrica enchufable ‘PHEV’.