El Consejo de Gobierno da luz verde a regular mediante un Decreto la fiscalización por intervención previa de requisitos esenciales.
Se fijarán criterios de comprobación por parte de la Intervención General, como la existencia de crédito y el cumplimiento normativo.
La fiscalización previa se complementará con auditorías o control pleno de una muestra relevante de expedientes.
10 de febrero de 2021.- La Comunidad de Madrid ha dado luz verde a la puesta en marcha de una modalidad de fiscalización que permitirá agilizar determinados gastos y expedientes, coincidiendo con la futura recepción y gestión por parte de la Administración regional de los Fondos Next Generation de la Unión Europea, concebidos para impulsar la superación de la crisis del coronavirus.
Así, el Consejo de Gobierno ha aprobado la tramitación urgente de un proyecto de Decreto por el que se regula la denominada modalidad de intervención previa de requisitos esenciales. Este tipo de fiscalización permite acelerar la gestión de determinados tipos de gastos y expedientes mediante la fijación de una serie de requisitos de comprobación por parte de la Intervención General, como la existencia de crédito y su adecuación a la naturaleza del gasto.
También la competencia de los órganos intervinientes o el cumplimiento de los aspectos básicos de la normativa presupuestaria y la correcta conformación de los expedientes administrativos, así como aquellos otros extremos que se establezcan para cada tipo de expediente por el consejero de Hacienda y Función Pública, en función de su regulación específica.
La tramitación urgente de este proyecto de Decreto surge de la necesidad de que esta modalidad de fiscalización se encuentre operativa en el momento en que se produzca la recepción de los fondos europeos, a fin de facilitar su gestión, teniendo en cuenta el elevado volumen de recursos disponibles y el estrecho marco temporal otorgado sobre estos.
La fiscalización de estos expedientes se complementará, en todo caso, a posteriori bien mediante control financiero permanente –auditorías- o bien mediante fiscalización plena de una muestra relevante de ellos, garantizando así la transparencia y adecuación de todos los procedimientos.
La fiscalización previa limitada es una práctica ampliamente extendida entre todas las Administraciones Publicas, encontrándose completamente consolidada tanto en el ámbito de la Administración General del Estado como en la mayoría de las Comunidades Autónomas.