Será el segundo año en que el Gobierno regional gestione estas subvenciones, anteriormente competencia del Estado.
Las ayudas estarán dirigidas a las personas en situación de pobreza, exclusión social o especial vulnerabilidad.
La Comunidad de Madrid ha comenzado el proceso de tramitación para la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social con cargo al 0,7 % del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) 2018.
Con este motivo, se ha subido a consulta pública en el portal de transparencia el proyecto de Orden que establecerá las bases reguladoras de la convocatoria 2018, con el objetivo de que los ciudadanos que quieran hacer aportaciones puedan realizarlas a través del portal de participación.
Las subvenciones irán destinadas a cubrir las necesidades específicas de asistencia social dirigidas a la atención de las personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad, en el ámbito competencial de la Comunidad de Madrid.
En este sentido, se regulará el régimen de concesión por concurrencia competitiva y justificación de subvenciones a entidades del Tercer Sector, Cruz Roja Española y agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica de análoga naturaleza, para la realización de programas de interés general que fomenten la atención de fines de interés social en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Este será el segundo año en que el Gobierno regional gestionará esta subvención, ya que hasta 2016 las subvenciones dirigidas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo al 0,7 % del rendimiento del IRPF se han venido convocando por la Administración del Estado. Puesto que la vigencia de las bases reguladoras aprobadas en 2017 se limitaba a ese año, es necesario aprobar unas nuevas bases reguladoras antes de tramitar la convocatoria para 2018.
El Tribunal Constitucional, en su Sentencia 9/2017, de 19 de enero, declaró inconstitucional el modelo de gestión y concesión de ayudas públicas derivado del programa de la asignación tributaria del IRPF, al estimar que este modelo no estaba ajustado al orden de distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas.
A efectos de dar cumplimiento a esta sentencia, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia acordó, en su reunión de 26 de abril de 2017, que el modelo de gestión del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas fuera un modelo mixto, con un tramo de la Administración General del Estado y otro tramo de las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía.