El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy tres iniciativas para facilitar el trabajo autónomo y el emprendimiento.
Se subvencionarán parte de los gastos de la puesta en marcha de la actividad empresarial.
También se abonarán las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores que capitalicen su desempleo en un único pago.
Se prolonga la subvención a nuevos autónomos para que mantengan la reducción en su cotización mensual.
24 de marzo 2021.- El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy, en su reunión celebrada en Aranjuez, tres líneas de ayudas destinadas a fomentar el trabajo autónomo y el emprendimiento a lo largo de este año por un valor total de 11 millones de euros. A través de estas ayudas, los nuevos trabajadores autónomos podrán recibir una subvención de parte de los gastos para la puesta en marcha de su actividad empresarial, recibir un abono de sus cuotas de la Seguridad Social al capitalizar su desempleo o prolongar la tarifa de plana de 50 euros en su cotización a la Seguridad Social.
En concreto, la iniciativa aprobada para trabajadores que se constituyan por cuenta propia tiene por objeto impulsar la actividad emprendedora de nuevos trabajadores autónomos. Para ello, se subvenciona parte de los gastos para activar la actividad empresarial de los trabajadores desempleados que se den de alta como autónomos y realicen su actividad en la Comunidad de Madrid.
Entre estos gastos objeto de subvención se encuentran elementos tales como los honorarios de notario, registrador o gestoría, así como el desarrollo de la página web o el inmovilizado material o inmaterial. La subvención cubrirá hasta un 80% de esos gastos de puesta en marcha de la actividad.
Abono de las cuotas a la seguridad social
Otra de las ayudas aprobadas en el Consejo de Gobierno consiste en el abono de las cuotas a la Seguridad Social de los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único. Esta subvención se dirige a trabajadores autónomos y socios trabajadores de una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral. Para optar a esta iniciativa deberán haber destinado el 100% de la prestación por desempleo a gastos de inversión y realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
La duración será equivalente a los días que habrían correspondido a su prestación por desempleo, de no haberla capitalizado en un pago único. La cuantía de la subvención será del 50% de la base mínima de cotización si el alta es en el Régimen de Autónomos, y del 100% de lo cotizado por el trabajador, si el alta es en el Régimen General.
Ampliación de la cuota reducida
Por último, se ha aprobado también el Programa de Consolidación del Trabajo Autónomo, dirigido a los nuevos que se hayan dado de alta en el Régimen de Autónomos y realicen su actividad en la Comunidad de Madrid. Con este Programa, podrán prolongar hasta los 24 meses la reducción en la cotización a la Seguridad social.
De esta forma, cuando finalicen los doce primeros meses de bonificación estatal a la cotización, los trabajadores autónomos que se acojan al programa recibirán una ayuda económica de la Comunidad de Madrid para mantener la cuota reducida en sus pagos a la Seguridad Social, durante 12 meses adicionales.