El motu proprio ‘Munus Tribunalis’ de Francisco establece algunos cambios técnico-léxicos en las normas que rigen el Tribunal Supremo que dirime los litigios derivados de actos del poder administrativo eclesiástico.
Ciudad del Vaticano, 2 de marzo 2024.- El Papa Francisco ha publicado un motu proprio mediante el cual adapta y armoniza el derecho propio del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica con la reforma de la Curia llevada a cabo por la Constitución «Praedicate Evangelium». La ley de la Signatura, ligeramente modificada con cambios léxicos, había sido promulgada por Benedicto XVI en junio de 2008.
«En el ejercicio de su función de Tribunal Supremo de la Iglesia -escribe Francisco en el preámbulo-, la Signatura Apostólica se pone al servicio de la suprema función pastoral del Romano Pontífice y de su misión universal en el mundo. De este modo, al resolver las disputas que han surgido sobre un acto de potestad administrativa eclesiástica, el Tribunal Supremo proporciona un juicio de legitimidad sobre las decisiones emitidas por las instituciones curiales en su servicio al Sucesor de Pedro y a la Iglesia universal».
Los cambios se refieren a la sustitución de la palabra «clérigos» por «presbíteros» en el Art. 1 de la Ley Propia; la sustitución de la palabra «Dicasterio» por la palabra «Tribunal» en el Art. 3 y por la palabra «Signatura Apostólica» en el Art. 32; la sustitución de la expresión «emanados de los Dicasterios de la Curia Romana» por la expresión «emanados de las Instituciones Curiales» en el Art. 34; la sustitución de la expresión «promover y aprobar el establecimiento de tribunales interdiocesanos» por la expresión «aprobar la erección de tribunales de todo tipo constituidos por los obispos de varias diócesis» en el art. 35; la sustitución de la palabra «Dicasterio» por «Institución curial» en los arts. 79, 80, 81, 92 y 105.
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Imagen: El «Palazzo della Cancelleria», situado en el centro de Roma, es la sede del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica.