El Ministerio de Justicia está elaborando un listado de los bienes inmatriculados por la Iglesia Católica. El objetivo, además de cumplir con la legalidad vigente, es detectar si la institución ha registrado bienes de dominio público y, así, proceder a su reclamación. El vicesecretario económico de la CEE ya aclaró hace semanas que el proceso de inmatriculación por certificación «no es, en ningún caso, un mecanismo de adquisición de la propiedad de un bien» y pidió que «opere el principio de no discriminación»
El Gobierno está elaborando una listado de bienes inmatriculados (inscritos en el Registro de la Propiedad) por la Iglesia Católica. En un primer momento se dijo que la intención era publicado, una vez finalizado, para garantizar el cumplimiento de la Ley Hipotecaria y la de Protección de Datos.
Sin embargo, el Ejecutivo que preside el socialista Pedro Sánchez, en su respuesta al diputado del PSOE por Córdoba Antonio Hurtado, ha asegurado que reclamará a la Iglesia los bienes inmatriculados, si los hubiera, que sean de dominio público.
«Con carácter general, ha de señalarse que el articulo 132.1 de la Constitución Española consagra los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad de los bienes de dominio público y este principio se desarrolla legalmente a través de los artículos 5, 6 y concordantes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas», se lee en la respuesta del Gobierno.
De este modo, «queda prohibida la apropiación de los bienes de dominio público por parte de las personas jurídicas privadas, entre las que se encuentra la Iglesia Católica».
Por ello, «si a pesar del control por parte del registrador, hubieran accedido a Registro como bienes de propiedad privada bienes que efectivamente lo son de dominio público, deberá procederse a la correspondiente depuración física y jurídica, conforme al Derecho sustantivo material, que en todo caso se encuentra sometido a los principios constitucionales de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad antes relacionados».
Por último, el Ejecutivo señala en su respuesta –fechada el 5 de septiembre– que, «de acuerdo con lo establecido en el articulo 47 y concordantes del Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, correspondería a la Dirección General de Patrimonio del Estado y no al Ministerio de Justicia decidir si al Estado le corresponde algún derecho sobre dichos inmuebles, siempre sometido todo ello al derecho a la tutela judicial efectiva».
Principio de no contradicción
Por su parte, el vicesecretario económico de la Conferencia Episcopal Española, Fernando Giménez Barriocanal, se pronunció recientemente sobre las intenciones del Gobierno y afirmó que la Conferencia Episcopal no va a entrar a valorar la publicación de la lista de bienes inmatriculados «siempre que dicha publicación se haga conforme a la legislación vigente y siempre que opere el principio de no discriminación».
Fernando Giménez Barriocanal aseguró que «en España existen cerca de 40.000 entidades que son reconocidas como Iglesia Católica a nivel civil y que tienen la autonomía que le reconocen las normas civiles y canónicas, en todo, también en su capacidad de inmatriculación de inmuebles».
Asimismo, el vicesecretario precisó que «en muchos casos se trata de centros de culto edificados hace muchos siglos» y subrayó que el proceso de inmatriculación por certificación «no es, en ningún caso, un mecanismo de adquisición de la propiedad de un bien. El acto de registrar no concede la propiedad simplemente la registra».
Por último, Barriocanal explicó que la propia legislación «prevé mecanismos para corregir los errores si los hubiere en dicho proceso».
Alfa y Omega/Europa Press