El arzobispo de Madrid, monseñor Carlos Osoro, firmó el pasado día 9 de noviembre el decreto del Jubileo Extraordinario de la Misericordia en Madrid. En palabras del prelado, este Jubileo, proclamado por el Papa Francisco desde el 8 de diciembre de 2015 –solemnidad de la Inmaculada Concepción– hasta el 20 de noviembre de 2016 –solemnidad de Jesucristo Rey del Universo–, es «un tiempo privilegiado de gracia para que, con la ayuda Dios nuestro Señor, que manifiesta su omnipotencia en su misericordia, vivamos como Iglesia, cada uno de los creyentes, esta misericordia que el Padre nos dispensa y la anunciemos con convicción en este mundo nuestro, lleno de grandes esperanzas y fuertes contradicciones». «La celebración adecuada de este Año Jubilar Extraordinario implica un empeño global en redescubrir el misterio de la misericordia de Dios, como fuente de alegría, de serenidad y de paz, como dice el Papa Francisco “la misericordia es la viga maestra que sostiene la vida de la Iglesia”», añade.
En esta línea, monseñor Osoro recuerda que, durante este «tiempo de gracia», se podrá obtener la indulgencia jubilar por «todos los fieles que están llamados a realizar una breve peregrinación hacia la Puerta Santa, abierta en cada catedral o en las iglesias establecidas por el obispo diocesano y en las cuatro basílicas papales en Roma, como signo del deseo profundo de auténtica conversión».
Monseñor Osoro
Con este fin, y teniendo en cuenta las disposiciones de la bula Misericordiae Vultus y de la carta en la que se concede la indulgencia con ocasión del Jubileo Extraordinario de la Misericordia, el arzobispo de Madrid establece que podrán ganarla todos los fieles que, con las condiciones establecidas en la bula y en la carta antes citadas, «acudan a la Santa Iglesia Catedral o cualquiera de los templos jubilares designados y participen en la celebración de la santa Eucaristía o en una sagrada ceremonia reflexionando sobre la misericordia, haciendo la profesión de fe y orando por el Papa y sus intenciones, cualquier día del año; dicha gracia podrá ser aplicada por los fieles difuntos».
Dónde lucrar la indulgencia plenaria
En el caso de Madrid se podrá lucrar la gracia de la indulgencia plenaria en la catedral de Santa María la Real de la Almudena; la parroquia santuario de Santa Gema, de Madrid (Vicaría I – ciudad); la parroquia de San Sebastián Mártir, de San Sebastián de los Reyes (Vicaría I – zona metropolitana); la parroquia de Santa María del Castillo, de Buitrago de Lozoya (Vicaría I – sierra); la parroquia basílica de la Concepción de Nuestra Señora, de Madrid (Vicaría II); la parroquia de la Presentación de Nuestra Señora, de Madrid (Vicaría III); la parroquia de Nuestra Señora de la Misericordia, de Madrid (Vicaría IV); la parroquia santuario de María Auxiliadora, de Madrid (Vicaría V); la parroquia de San Miguel Arcángel de Carabanchel, de Madrid (Vicaría VI); la parroquia basílica de La Milagrosa, de Madrid (Vicaría VII – ciudad); la parroquia de Santa María de Caná, de Pozuelo de Alarcón (Vicaría VII – zona metropolitana); la parroquia de la Santísima Trinidad, de Collado Villalba (Vicaría VII – sierra); la parroquia santuario de San Antonio de Cuatro Caminos, de Madrid (Vicaría VIII – ciudad); y la parroquia basílica de la Asunción de Nuestra Señora, de Colmenar Viejo (Vicaría VIII – sierra).
Interior de la Catedral de la Almudena
El 12 de diciembre, apertura de la Puerta de la Misericordia
La Puerta de la Misericordia, que es la «meta de la peregrinación, como signo del deseo de una profunda conversión», será abierta por el arzobispo «en la Santa Iglesia Catedral en las Primeras Vísperas del Tercer Domingo de Adviento, día 12 de diciembre, a las 19 horas». «Invito a todas las comunidades parroquiales, de vida consagrada y movimientos y asociaciones de apostolado seglar a hacer la peregrinación dicho día para entrar por la Puerta de la Misericordia en esta celebración», asevera.
Monseñor Osoro explica también que «quienes por diversos motivos estén imposibilitados de llegar a la Puerta Santa […] podrán ganar el don de la indulgencia, viviendo con fe y gozosa esperanza este momento de prueba y recibiendo la comunión o participando en la santa misa o en la oración comunitaria, también a través de los diversos medios de comunicación». Y explica que los presos «podrán lucrar el don de la indulgencia jubilar en la capilla de la cárcel, y el traspasar la puerta de su celda, dirigiendo su pensamiento y oración al Padre, será para ellos el paso de la Puerta Santa».
Asimismo, en el decreto (que se puede consultar íntegro en este enlace), se fija que «la apertura del Jubileo de la Misericordia en los templos jubilares de cada Vicaría tendrá lugar el Domingo Tercero o Cuarto de Adviento y será realizada por el Vicario Episcopal correspondiente o miembro del Consejo Episcopal delegado por el Arzobispo».
Y a continuación, se recuerda que «todos los sacerdotes con oficio pastoral en la Archidiócesis podrán absolver en el sacramento de la penitencia el pecado de aborto y los que conllevan una censura reservada al obispo diocesano»; animando además a ofrecer «un amplio horario de confesiones, que permita a los fieles experimentar la grandeza de la misericordia de Dios».