El vicepresidente de la Comunidad de Madrid asiste a la firma del protocolo consensuado con patronal y sindicatos.
El Gobierno regional y los agentes sociales acuerdan una serie de recomendaciones para evitar rebrotes de COVID-19 en la vuelta al trabajo tras las vacaciones.
Entre ellas figuran mantener a los empleados en los mismos turnos, escalonar las entradas y salidas del trabajo o eliminar las reuniones presenciales.
Se están llevando a cabo visitas a empresas para confirmar que se cumplen las medidas de protección obligatorias en los centros de trabajo.
31 de agosto de 2020.- La Comunidad de Madrid ha consensuado con los agentes sociales de la región una serie de recomendaciones para garantizar una vuelta al trabajo segura y libre de posibles rebotes de COVID-19 tras las vacaciones estivales.
El vicepresidente, consejero de Transparencia y Deportes y portavoz del gobierno regional, Ignacio Aguado, ha asistido esta mañana a la firma de este protocolo de recomendaciones acordado en el seno de la Comisión Delegada del Consejo de Diálogo Social, rubricado por el consejero de Economía, Empleo y Competitividad del Gobierno regional, Manuel Giménez; los secretarios generales de los sindicatos CCOO Madrid, Jaime Cedrún, y UGT Madrid, Luis Miguel López Reillo; y el presidente de la Confederación Empresarial de Madrid (CEIM), Miguel Garrido.
Durante su intervención, el vicepresidente ha recalcado la importancia de llegar a grandes acuerdos políticos y de los pequeños gestos en esta “segunda batalla contra el virus”. Unos comportamientos individuales en los que destaca el uso generalizado de la mascarilla. “Es nuestro cinturón de seguridad, el mejor arnés o el mejor antivirus en la vuelta al trabajo”, ha señalado Aguado.
“El Gobierno regional, los trabajadores y los empresarios de la región nos hemos puesto de acuerdo una vez más para proteger e impulsar el tejido económico de la Comunidad. Una protección que pasa por aplicar todas las recomendaciones y actuaciones que nos permitan minimizar el riesgo de nuevos contagios provocados por el coronavirus y mantener así en marcha el corazón económico de la región, que lo es también de toda España”, ha subrayado.
Protocolo para una vuelta segura
El protocolo de recomendaciones rubricado hoy recoge una serie de medidas a aplicar en los distintos centros de trabajo de la región, siempre que sus circunstancias y configuración lo hagan posible, y que tienen como denominador común el objetivo de extremar las precauciones con motivo de la reincorporación de los trabajadores tras el periodo estival.
Así, se recomienda proporcionar al trabajador un documento que recoja información sobre las exigencias sanitarias y de distanciamiento vigentes en la empresa e instrucciones sobre cómo proceder en caso de presentar síntomas compatibles con COVID-19.
En cuanto a la ordenación de puestos y turnos, se recomienda escalonar la reincorporación y las salidas y entradas del centro para evitar coincidencia masiva de trabajadores, mantener en la medida de los posible a los trabajadores en los mismos turnos para controlar posibles contagios, eliminar las reuniones presenciales y, con carácter general, potenciar el teletrabajo siempre que la actividad lo permita.
También se recuerda la necesidad de extremar las medidas de ventilación, limpieza y desinfección, el lavado frecuente de manos, el mantenimiento de la distancia de 1,5 metros o la eliminación de saludos físicos (besos, apretones de manos…), y se recomienda el uso de mascarilla en todo momento, incluso aunque se guarde la distancia de seguridad, durante los 14 días posteriores a la terminación del periodo vacacional de la totalidad de la plantilla.
La colocación de carteles visibles con información de todas estas medidas o la consulta de las guías y formularios de autoevaluación para distintos sectores elaborados durante estos meses por la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad también figuran entre las recomendaciones.
Sanciones de hasta 40.000 euros
Además de este protocolo, la Comunidad de Madrid ha puesto en marcha a través del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST) una campaña de visitas a distintas empresas de la región para reforzar la información sobre las medidas que deben adoptar para evitar rebrotes de coronavirus en sus entornos laborales.
El objetivo de esta campaña es sensibilizar, asesorar y comprobar que las empresas madrileñas cumplen sus obligaciones a la hora de dotar a sus trabajadores de los medios de protección frente al contagio del Covid-19, establecidos por el Real Decreto Ley 21/2020 dictado el pasado 9 de junio por el Gobierno central.
Entre estas obligaciones destacan la adopción de medidas de ventilación, limpieza y desinfección adecuadas a cada entorno de trabajo, la puesta a disposición de los trabajadores de agua y jabón o geles hidroalcohólicos o desinfectantes y la necesidad de garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros entre los empleados. También se insta a evitar la coincidencia masiva de trabajadores y clientes o usuarios en las horas de mayor afluencia a los centros de trabajo.
El mencionado Decreto Ley habilita a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y al personal del IRSST para comprobar que se están aplicando estas medidas y, en su caso, proponer sanciones por el incumplimiento de las mismas que pueden oscilar entre los 2.046 y los 40.985 euros.
PROTOCOLO DE RECOMENDACIONES
SOBRE LA “VUELTA SEGURA AL TRABAJO”
El objetivo de esta propuesta es contribuir desde el ámbito laboral a fortalecer la protección de la salud de los/as madrileños/as, facilitando que la reincorporación al trabajo de muchas personas tras el período estival se produzca de forma segura, a través de recomendaciones que vienen a recordar y potenciar las medidas de Salud Pública.
Estamos en una situación sanitaria especialmente sensible por el aumento del número de afectados por el SARS-Cov-2 (Covid-19) en los últimos días en la Comunidad de Madrid. Durante el periodo estival se realizan actividades y se convive con grupos de personas distintos de las habituales, estando incluso en entornos físicos diferentes. Estas circunstancias pueden suponer una mayor exposición al virus, desconociéndose si se es portador/ra de la enfermedad en el momento de la reincorporación laboral y dificultan su detección y el rastreo. Esta situación obliga a tomar especiales precauciones por parte de la Administración Pública, la empresa y las personas trabajadoras, con el fin de minimizar los contagios y evitar los rebrotes.
El Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, ha regulado nuevas obligaciones del titular de la actividad económica en materia de contención de la pandemia, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Estos nuevos deberes vienen acompañados del establecimiento de infracciones y sanciones en caso de incumplimiento. En el actual contexto económico, es nuestra obligación contribuir a facilitar la adopción de estas nuevas medidas para prevenir los contagios, coordinar las actuaciones en caso de detección de portadores del virus y facilitar el desarrollo de las actividades económicas.
De acuerdo con la situación de hecho y de derecho descrita, se ha acordado en la Mesa de Seguridad y Salud, enmarcada en el ámbito del Consejo del Diálogo Social de la Comunidad de Madrid, y ratificado en la Comisión Delegada del mismo órgano, una serie de recomendaciones para las empresas con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, junto con una campaña de concienciación e información dirigida tanto a las empresas como a las personas trabajadoras. Este documento se refiere principalmente a obligaciones contenidas en los diferentes instrumentos ya publicados por las diferentes Administraciones públicas, por lo que en modo alguno deroga o sustituye a otras guías o normas en vigor de obligado cumplimiento para todos los sectores o algunas específicas como, por ejemplo, las referidas al ámbito sociosanitario. Ahora bien, con carácter potestativo y como recomendación, además de tener en cuenta la continua actualización de las normas, se incluyen otras adicionales, que pretenden incidir en la necesidad de extremar las precauciones a adoptar con motivo de la reincorporación a los centros de trabajo: 2
RECOMENDACIONES A EMPRESAS Y PERSONAS TRABAJADORAS
RECOMENDACIONES PREVIAS A LA REINCORPORACIÓN AL CENTRO DE TRABAJO
1. Se recomienda proporcionar al trabajador/a, si es posible en formato digital y antes de su incorporación tras las vacaciones, o si esto no es posible, en el mismo momento de su incorporación, un documento que contenga:
a. Información sobre las exigencias sanitarias y de distanciamiento social aplicables en la empresa.
b. Instrucciones o protocolo para proceder en caso de presentar síntomas compatibles con el SARS-Cov-2.
c. Cualquier otro documento que, en atención a las características de la empresa o su actividad, se entienda necesario para instruir al trabajador sobre cómo contribuir a evitar el contagio en el centro de trabajo y cómo actuar ante un posible caso de SARS-Cov-2.
2. Se recomienda, en la medida de lo posible, a la empresa que elabore y difunda un Protocolo de Actuación sobre cómo afrontar la Detección de Posibles Personas Afectadas o que Hayan Estado en Contacto con Estas.
En su caso, se recomienda que en el proceso de elaboración de dichos Protocolos sean consultados los representantes de los trabajadores.
El IRSST publicará a través de su web un modelo que podrán adaptar las empresas de acuerdo con sus condiciones particulares.
RECOMENDACIONES PARA LA ORDENACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO Y TURNOS DURANTE EL PERIODO EN QUE HAYA REINCORPORACIONES DE TRABAJADORES CON PERMISO VACACIONAL
3. Se recomienda, en la medida de lo posible, escalonar la reincorporación de los trabajadores/as, evitando la coincidencia masiva de personas en trabajo presencial y limitando la afluencia de otras personas que no sean trabajadoras.
4. Se recuerda NO acudir al centro de trabajo con fiebre, tos, o síntomas respiratorios o cualquier síntoma relacionado con el COVID-19, ponerse en contacto con el centro de salud o con el teléfono de atención al coronavirus de la Comunidad de Madrid 900 102 112 y avisar al centro de trabajo para comunicar la ausencia.
5. Igualmente, se recomienda insistir en el uso del teletrabajo, si la actividad lo permite, y complementariamente, alternar trabajo presencial y a distancia.
6. Cuando se deba acudir al centro de trabajo, se recomienda:
a. Si el trabajo presencial se ordena por turnos (presencial- a distancia), dichos turnos estarán, en la medida de lo posible, compuestos por los/as mismos/as trabajadores/as con el fin de controlar posibles contagios, si es posible.
b. Para evitar posibles aglomeraciones y garantizar la distancia de seguridad, la entrada y salida del centro de trabajo será escalonada y por diferentes lugares, siempre que sea posible. Los pasillos estarán libres y adecuadamente señalizados indicando el sentido de ida y de vuelta.
c. Cuando en las instalaciones concurran trabajadores/as de distintas empresas, prestar especial atención a la coordinación entre estas.
d. En la medida de lo posible, rediseñar los puestos para garantizar la distancia de seguridad obligatoria de un metro y medio entre personas trabajadoras.
e. Eliminar las reuniones presenciales. Utilizar videoconferencias. Si alguna fuese necesaria realizarla presencialmente, se deben mantener las distancias mínimas de seguridad y demás mecanismos de prevención.
f. Organizar el trabajo de modo que se reduzca el número de personas trabajadoras expuestas, estableciendo reglas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto de persona a persona.
RECOMENDACIONES PARA EXTREMAR LAS MEDIDAS DE LIMPIEZA, DESINFECCIÓN Y DISTANCIAMIENTO FÍSICO
7. Se recomienda extremar las medidas de ventilación, limpieza y desinfección de los centros de trabajo. En particular, se recomienda la ventilación periódica de los lugares de trabajo durante, al menos, 5 minutos y como mínimo una vez al día, así como reforzar la limpieza de los filtros de aire acondicionado y aumentar el nivel de ventilación de los sistemas de climatización para renovar el aire de manera más habitual.
8. Una correcta limpieza de superficies y de espacios de trabajo es crucial, para ello se recomienda establecer un protocolo diario de limpieza, que deberá intensificarse en relación con la práctica habitual y con el uso de las instalaciones, reforzando la limpieza en aquellas zonas o útiles de uso frecuente como pomos de puertas, barandillas, ascensores, vehículos, así como herramientas, mandos de maquinaria, mesas, ordenadores etc.
9. Es fundamental el lavado frecuente de manos, por ello es recomendable verificar y controlar que haya agua, jabón y toallas de papel desechables en todos los lugares de trabajo. En lugares o puntos de difícil acceso al agua y el jabón, se pueden utilizar soluciones hidroalcohólicas, por ejemplo, mediante la instalación de dispensadores, haciendo un seguimiento para su reposición continua.
10. Se recomienda eliminar todo tipo de contacto físico, incluidos los saludos (apretones de manos, abrazos o besos), manteniendo en todo caso y siempre que sea posible la distancia física interpersonal de 1,5 metros entre los trabajadores y las trabajadoras.
11. Se recomienda la utilización de mascarilla en el centro de trabajo en todo momento, al menos hasta 14 días después de la terminación del periodo vacacional de la totalidad de la plantilla, incluso cuando el trabajador se encuentre sentado en su puesto y mantenga la distancia física interpersonal de 1,5 metros.
12. Se recomienda, en la medida de lo posible, no utilizar los lugares comunes, tales como comedores, vestuarios o áreas comunes de descanso y, si no fuese posible, limitar al máximo los aforos, mediante el establecimiento de turnos, e intensificar la limpieza en cada turno de trabajo, si los hubiera.
13. Se recomienda evitar el uso de ascensores, en la medida de lo posible, o hacerlo de forma individual o con limitación de aforo, cuando sea preciso y fomentar el uso de las escaleras.
14. Se recomienda que todos los equipos de trabajo sean de uso individual, en la medida de lo posible y razonable. En caso de tener que compartir equipos, se recuerda la necesidad de proceder a la limpieza de manos y desinfección de equipos antes y después de cada uso.
RECOMENDACIONES PARA LA MEJORA DE LA INFORMACIÓN – FORMACIÓN DISPONIBLE
15. Se recomienda la máxima difusión, por los medios disponibles, de carteles donde se informe a los trabajadores y las trabajadoras sobre las medidas preventivas a adoptar, tales como la limpieza frecuente de manos, la utilización de mascarillas, la cobertura de la nariz y la boca al toser o estornudar con pañuelos desechables, evitar tocarse nariz y boca, así como la práctica de buenos hábitos de higiene respiratoria. Esta misma información debería facilitarse a través de los canales de los que disponga la empresa, tales como tablones de anuncios, intranet o correo electrónico.
16. Se recomienda dar a todos los trabajadores/as la formación e información necesaria sobre los riesgos y las medidas preventivas relacionadas con el coronavirus.
RECOMENDACIONES PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE RIESGOS
17. Se recomienda actualizar las evaluaciones de riesgos adaptándolas a la incidencia de la pandemia con el objeto de implantar medidas preventivas de acuerdo con las características del sector, de los distintos puestos y los trabajadores especialmente sensibles.
18. Se recomienda el uso de las guías elaboradas por la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad en la materia para los distintos sectores, en especial los formularios de autoevaluación de actividades o las guías para la reincorporación (https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/covid-19-guias-formularios-comprobacion-incorporacion-laboral#guias-incorporacion-puesto-trabajo).