Podrán funcionar con el 25% de sus puestos, preferentemente de alimentación, y con un tercio del aforo habitual.
Los ayuntamientos podrán aumentar su superficie para cumplir las limitaciones de aforo y número de puestos autorizados en las distintas fases.
Tendrán itinerarios de entrada y salida, los vendedores deberán utilizar guantes y mascarillas y todos los puestos se desinfectarán al comienzo y fin de la jornada.
Los clientes deberán llevar mascarilla si no se puede garantizar la distancia de seguridad y permanecer solo el tiempo necesario para sus compras.
22 de mayo de 2020- La Comunidad de Madrid ha elaborado una guía con información sobre la reanudación de la actividad de comercio ambulante en la región. Este documento, redactado con la colaboración de la Federación de Municipios de Madrid (FMM), incluye una serie de recomendaciones para garantizar la seguridad de los vendedores y clientes de los mercadillos que se celebran en las distintas localidades de la región, una actividad que puede reanudarse desde la fase 0 aliviada si así lo deciden los ayuntamientos correspondientes.
La guía pretende ser un marco general de actuación aplicable en todas las fases de transición para la reactivación completa de los mercadillos, garantizando a los ayuntamientos madrileños flexibilidad para ordenar la vuelta a la actividad de los vendedores ambulantes. Así, los consistorios que quieran reactivar sus mercadillos deberán comunicarlo previamente a las consejerías de Sanidad y Economía, delimitar mediante vallas u otro sistema el perímetro del mismo y organizar la circulación en el interior con circuitos de entrada y salida que garanticen la fluidez del tránsito de personas y permitan mantener en todo momento la distancia de seguridad de dos metros.
Además, siempre que sea posible, se señalizarán estos circuitos así como las distancias de seguridad en espera tanto entre cliente y cliente como entre éste y el propio puesto, y se pondrán a disposición de los compradores guantes y dispensador de desinfectante a la entrada del mercadillo.
El aforo del mercadillo estará en función de los límites establecidos en la normativa reguladora de las distintas fases de transición hacia la reactivación, el número de puestos autorizados y el total de superficie transitable. En cualquier caso, podrán funcionar el 25% de los puestos, preferiblemente de alimentación, y con un tercio del aforo habitual. Los ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada para el ejercicio de esta actividad, de manera que se produzca un efecto equivalente a las limitaciones de aforo y puestos autorizados que se establezcan en cada una de las fases.
El horario de actividad será de 9 a 14 horas, aunque los ayuntamientos podrán acordar que los mercadillos puedan tener lugar en horario de tarde, ampliar los días de celebración o prever el funcionamiento semanal alterno de los puestos autorizados. Para evitar aglomeraciones, se recomienda establecer una distancia mínima de 2,5 metros lineales entre puestos, con un pasillo central de seis metros. Si por la configuración, ubicación o características del mercadillo no pudiera asegurarse el mantenimiento de las distancias aconsejadas, los ayuntamientos podrán ampliar el recinto del mercadillo o bien disponer de otro recinto alternativo donde se pueda desarrollar la actividad con todas las garantías sanitarias y de seguridad.
Supervisar la limpieza del recinto
Cada puesto deberá disponer de una papelera con tapa y será desinfectado frecuentemente y, de manera obligatoria, al principio y al final de la jornada. Los ayuntamientos deberán supervisar estas tareas de limpieza y las de todo el recinto, proporcionando contenedores suficientes para evitar que se acumulen desperdicios.
Por su parte, los clientes deberán respetar en todo momento las medidas de seguridad establecidas y acceder al recinto con mascarilla en caso de que no se pueda asegurar el mantenimiento de la distancia de seguridad. El tiempo de permanencia en el mercadillo deberá ser el estrictamente necesario para realizar las compras, para las que se recomienda preferentemente el pago con tarjeta. Se recuerda también que no podrán acceder al mercadillo las personas que presenten síntomas de COVID-19.
En cuanto a los vendedores, deberán llevar guantes y mascarilla, se atenderá a un cliente por vendedor, que utilizará gel o soluciones hidroalcohólicas entre venta y venta. No está permitido el autoservicio, la venta de fruta o verdura troceada ni las “catas” de productos, y si los puestos dedicados al textil no aplican las mismas medidas de higiene establecidas para las tiendas de ropa no se permitirá a los clientes que se prueben las prendas.
Esta guía, que se puede consultar en el portal web oficial de la Comunidad de Madrid, se suma a otros documentos con respuestas a las preguntas más frecuentes en materia comercio o consumo que el Gobierno regional mantiene permanentemente actualizados con las nuevas disposiciones que va dictando el Ejecutivo central.