La Orden ministerial puede acarrear confusión e inseguridad jurídica en los ciudadanos.
Pregunta a Pedro Sánchez si pretende imponer a las comunidades autónomas el coste de estas ayudas.
La normativa aprobada establece que viviendas de titularidad privada podrán ser utilizadas por personas vulnerables.
El Ejecutivo regional aboga por que sean los propietarios quienes las cedan de manera voluntaria y reciban por ello la renta que se pacte.
12 de abril de 2020.- La Comunidad de Madrid ha solicitado al Gobierno central que explique de manera inmediata la financiación de las nuevas medidas adoptadas en materia de vivienda por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que modifican los programas de ayudas del Plan Estatal de Vivienda, como consecuencia de la evolución del COVID-19.
El consejero de Vivienda y Administración Local, David Pérez, ha constatado que las estas medidas que quiere llevar a cabo el Gobierno central no se pueden repercutir sobre el Plan Estatal de Vivienda, porque las comunidades autónomas tienen ya prácticamente comprometido este dinero para los distintos programas que desarrollan. “Si el Gobierno central no aclara la financiación de esas medidas, serán papel mojado”, ha enfatizado
Además, ha proseguido, “de llevarse a cabo con partidas de ejercicios posteriores, el dinero habría que detraerlo de otros sectores preferentes, y la Comunidad de Madrid debería adelantar el dinero». Por ello, ha preguntado al presidente del Gobierno si pretende imponer el coste de estas ayudas a las comunidades autónomas.
La Orden TMA 336/2020, publicada en el BOE el 11 de abril, que incorpora, sustituye y modifica programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2011, establece que las viviendas de titularidad privada podrán ser utilizadas por personas vulnerables al haber sido éstas desahuciadas, por ser víctimas de violencia de género o carecer de hogar debido a otras circunstancias.
El consejero de Vivienda ha señalado la necesidad de que estas medidas sean convenientemente clarificadas con rapidez, ya que «el texto puede acarrear un interpretación errónea y generar inseguridad jurídica, al entenderse que las Administraciones Públicas tienen la potestad de disponer de las viviendas privadas que considere, para ponerlas a disposición de los colectivos señalados, sin que medie la voluntad de sus propietarios, o de quienes tengan otro título legítimo sobre ellas».
En este sentido, Pérez ha indicado que «debemos entender que las viviendas en cuestión que sean de titularidad privada y susceptibles de ser utilizadas para el fin previsto, deberán ser cedidas o arrendadas previamente por sus legítimos titulares de manera voluntaria, salvo que ellos decidan otra cosa, y recibiendo por ello la renta que se pacte».
La orden ministerial adolece además, según el titular de Vivienda del Gobierno regional, de la suficiente claridad «ya que podría ir contra nuestro ordenamiento jurídico y de la Constitución Española», porque en regiones como la Comunidad de Madrid las competencias en esta materia están transferidas.
Además, tal y como subraya el Gobierno autonómico, esta normativa crea incertidumbre por entenderse que, además de los directos beneficiarios, las entidades públicas de vivienda podrán suscribir los contratos de arrendamientos con los titulares de las viviendas.
QUIEN ASUME EL COSTE DE ESTAS MEDIDAS