El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha acordado los trámites necesarios para la aprobación del anteproyecto de reforma de Ley Orgánica que tiene como objetivo la supresión de la figura del aforamiento aplicada a diputados autonómicos y miembros del Ejecutivo.
Con la activación de esta iniciativa, el Gobierno regional busca acabar con los privilegios políticos en las actuaciones relacionadas con la Justicia, equiparando a todos los ciudadanos ante la ley. La voluntad del Ejecutivo es suprimir cualquier tipo de régimen especial para cargos públicos y evitar situaciones de desigualdad en procesos judiciales.
El texto del anteproyecto ha sido elevado al Consejo de Gobierno para decidir sobre los próximos pasos a desarrollar, una vez superada la consulta pública previa a la elaboración del texto normativo y la redacción de la Memoria de Análisis de Impacto Normativo.
Como resultado, el Consejo de Gobierno ha autorizado a la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno a continuar con la tramitación pertinente del anteproyecto sin que sea necesario llevar a cabo más procedimientos o solicitar nuevas consultas, dictámenes e informes adicionales a los legalmente preceptivos.
Modificación del Esatuto de Autonomía
El aforamiento, tal y como ha avalado el Tribunal Constitucional, debe ser una prerrogativa excepcional para preservar la independencia y evitar potenciales presiones externas frente a cargos políticos o institucionales, y nunca debe constituir un privilegio. Asimismo, el propio encausado puede ver restringido el régimen de recursos de resoluciones judiciales por la existencia de la figura de aforamiento.
Por estos motivos, el anteproyecto introduce las modificaciones necesarias en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid para que las causas penales que se desarrollen contra un diputado de la Asamblea de Madrid o un miembro del Consejo de Gobierno de la Comunidad dejen de atribuirse al Tribunal Superior de Justicia o al Tribunal Supremo y pasen a la primera instancia del Juzgado o Tribunal que corresponda.
Conforme al artículo 64 del Estatuto de Autonomía, la iniciativa de la reforma corresponde al Gobierno o a la Asamblea de Madrid y requiere de la aprobación de la Cámara regional por mayoría de dos tercios. Posteriormente, se necesita la aprobación de las Cortes Generales mediante ley orgánica.
Por eso, una vez que culmine la tramitación del texto en la Asamblea, la iniciativa debe ser remitida bajo la forma de proposición de ley a la Mesa del Congreso de los Diputados.