Los ayuntamientos podrán limitar los horarios atendiendo a razones sociológicas, medioambientales o urbanísticas
Las terrazas de bares, cafeterías o restaurantes podrán abrir a las 8.00 horas de la mañana, dos horas antes de lo permitido en la actualidad, una vez se apruebe la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno que modifica en este sentido el régimen relativo a los horarios de los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno celebrado el 29 de agosto, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, ha subrayado que, con esta medida, se atiende una demanda que venía siendo reivindicada tanto por los madrileños y las personas que visitan la región como por los profesionales del sector de la hostelería. Una medida que, además, va a servir para seguir dinamizando la actividad económica de un sector que es clave para nuestra Comunidad, ha añadido.
Según la Orden, “las terrazas, al considerarse como anexas o accesorias de bares, cafeterías o restaurantes, se regirán por el mismo horario de cierre que estos últimos, siendo el de su apertura el de las ocho horas o el propio de apertura del establecimiento para el supuesto en que éste deba abrir con posterioridad a dicha hora”.
Papel de los ayuntamientos
En todo caso, también se recoge que, dentro de su ámbito de competencias, los ayuntamientos podrán reducir estos horarios en el momento de conceder las licencias de funcionamiento de las terrazas, o posteriormente, “en atención a las posibles características sociológicas, medioambientales y urbanísticas” que puedan darse en cada caso.
La Orden cuenta con los informes correspondientes, tanto del Servicio Jurídico como de las direcciones generales competentes, y sólo queda pendiente el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, que tiene previsto reunirse en pleno la semana que viene.
Asimismo, y puesto que la Orden puede afectar a los intereses legítimos de los municipios de la Comunidad de Madrid y de los empresarios del sector, se ha dado trámite de audiencia a la Federación Madrileña de Municipios (FMM), como organización aglutinadora de los intereses de los municipios de la región; a la Confederación de Empresarios de Madrid (CEIM), como entidad empresarial más representativa de la Comunidad; y, singularmente, al Ayuntamiento de Madrid y a la Asociación de Hosteleros ‘La Viña’, por la especial representatividad de ambos en esta materia.
Asimismo, la Comunidad de Madrid también se ha dirigido a la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM) para conocer su posición sobre este asunto y se ha puesto a su disposición para mantener un encuentro al respecto sin haber obtenido respuesta.